Inicia EE.UU. proceso para sujetar nuevos derivados de acero, aluminio y cobre a aranceles Sección 232
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Inicia EE.UU. proceso para sujetar nuevos derivados de acero, aluminio y cobre a aranceles Sección 232

Estados Unidos continúa ampliando el uso de la Sección 232 como mecanismo de política comercial y seguridad nacional. Durante agosto de 2026 se dieron a conocer dos medidas relevantes que pueden impactar directamente las exportaciones mexicanas: la imposición de nuevos aranceles a drones y sus componentes, y el inicio de un procedimiento para incorporar 14 nuevos productos derivados de acero, aluminio y cobre a los aranceles de la Sección 232.

1. Nuevos aranceles a drones y sus partes

El 13 de agosto de 2026, el Presidente de Estados Unidos emitió una proclamación mediante la cual se establecen nuevos aranceles a determinadas importaciones de drones, estaciones de acoplamiento y componentes, derivado de una investigación realizada al amparo de la Sección 232.

¿Cuáles son los nuevos aranceles?

A partir del 3 de septiembre de 2026:

  • 100% ad valorem para:
    • Drones con peso máximo al despegue superior a 25 kg.
    • Drones con capacidades de imagen térmica.
    • Determinadas estaciones de acoplamiento y componentes críticos.
  • 25% ad valorem para drones con peso máximo al despegue inferior a 25 kg.

A partir del 9 de febrero de 2027:

  • 25% ad valorem para ciertos componentes de drones.

La medida contempla tratamientos diferenciados para determinados socios comerciales, sujetos al cumplimiento de condiciones específicas relacionadas con el origen de los componentes críticos y la tecnología utilizada. Asimismo, los aranceles establecidos bajo esta medida podrán acumularse con otros aranceles aplicables.

Impacto para México

México representa el principal país de origen de las importaciones estadounidenses comprendidas en esta medida.

Durante 2025, Estados Unidos importó aproximadamente USD 6,936 millones desde México de los productos analizados, equivalentes al 22% del total de las importaciones estadounidenses de estos bienes.

De acuerdo con la información presentada en las tablas del documento, aproximadamente 92% de las importaciones provenientes de México se concentran principalmente en:

  • Cuadros, paneles, consolas y demás bases para control o distribución eléctrica.
  • Determinadas partes de aviones o helicópteros.

En particular, la clasificación HTSUS 8537.10.9170 representó alrededor de USD 4,823 millones en 2025, mientras que la clasificación 8807.30.0030 registró aproximadamente USD 1,515 millones.

Drawback

La proclamación contempla la posibilidad de solicitar Drawback respecto de los aranceles de la Sección 232, sujeto al cumplimiento de determinados requisitos.

Entre otros elementos, el documento señala que el bien deberá:

  • No estar sujeto a cuotas antidumping o compensatorias.
  • Ser producto de determinados socios comerciales, incluyendo México y Canadá.
  • Contar con un contenido mínimo de 85% proveniente de un país socio de un acuerdo comercial.

2. Propuesta para incluir nuevos derivados de acero, aluminio y cobre

Por otra parte, el 6 de agosto de 2026, el Departamento de Comercio de Estados Unidos (USDOC) publicó un aviso solicitando comentarios respecto de una propuesta para incorporar 14 nuevos productos derivados de acero, aluminio y cobre al esquema arancelario de la Sección 232.

Productos sujetos a la propuesta

La propuesta contempla principalmente:

Arancel de 50% sobre el valor del contenido metálico

  • Contenedores de acero llenos con determinados productos químicos.

Arancel de 25% ad valorem

Entre otros:

  • Cables conductores eléctricos.
  • Extintores de incendios.
  • Partes de unidades de intercambio de calor.
  • Remolques cisterna y semirremolques cisterna.
  • Cajas fuertes.
  • Partes de motores y máquinas hidráulicas.
  • Otros remolques y semirremolques.
  • Partes de máquinas y aparatos de soldadura.
  • Polvo de aluminio.
  • Determinadas grúas y estructuras móviles de elevación.
  • Instrumentos musicales de viento-metal y sus partes.

Arancel de 15% ad valorem

  • Remolques y semirremolques autocargables o autodescargables para uso agrícola.

Situación actual del procedimiento

Esta segunda medida todavía se encuentra en proceso de análisis y no constituye, conforme al documento anexo, un arancel definitivo.

El USDOC abrió un periodo de comentarios de 21 días, del 6 al 27 de agosto de 2026. Entre los elementos que serán considerados se encuentran:

  • Contenido de acero, aluminio o cobre de los productos.
  • Volumen de las importaciones.
  • Capacidad de la industria estadounidense para satisfacer la demanda interna.
  • Impacto económico de incluir los bienes como productos derivados sujetos a la Sección 232.

 

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