Iniciativa de la - Ley de fomento a la confianza ciudadana
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Iniciativa de la - Ley de fomento a la confianza ciudadana
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El pasado 13 de noviembre fue presentada la iniciativa de la “Ley de Fomento a la Confianza Ciudadana”, tiene por objeto establecer las bases para llevar al cabo acciones y programas sectoriales a efecto de otorgar beneficios y facilidades administrativas relacionados con la actividad económica que se desempeñen personas físicas y morales.

La aplicación de esta Ley será a través de la Secretaría de Economía, la cual detalla dentro de sus funciones principales, las siguientes:

I. Fomentar la cultura de legalidad y el comercio formal.

II. Promover y realizar convenios para brindar facilidades administrativas a las personas físicas y morales que realicen actividades económicas.

III. Generar un entorno de confianza entre las personas físicas y morales, basado en el cumplimiento voluntario y permanente de sus obligaciones regulatorias y fiscales, y el otorgamiento de facilidades administrativas por parte de las dependencias pertinentes.

IV. Operar y administrar el Padrón Único de Confianza.

Para lo anterior, el Padrón Único de Confianza se conformará con la información de los contribuyentes que voluntariamente se inscriban y se entenderá como un acto de buena fe, por el cual los contribuyentes manifiestan que se encuentran al corriente en el cumplimiento de las obligaciones regulatorias y fiscales, de acuerdo con la actividad económica que desempeñen.

Al momento de su inscripción en el Padrón, se deberá manifestar bajo protesta de decir verdad que se compromete continuar con el cumplimiento de las obligaciones derivadas de la normatividad que los regula, así como de sus obligaciones fiscales, con el fin de ser objeto de los beneficios otorgados en el marco de esta Ley.

Dicho Padrón podrá ser consultado de forma pública a través del portal de internet de la Secretaría de Economía.

Los contribuyentes que proporcionen información que no sea fidedigna perderán su inscripción y podrán no ser sujetos a los beneficios y facilidades otorgados hasta por un año, además de ser sujetos de verificaciones hasta el momento que revaliden su inscripción.

Sin embargo, hasta la fecha no han sido publicados cuales serían los beneficios y facilidades a las que se harán acreedores los contribuyentes que opten por inscribirse a este padrón.

En caso de ser aprobada la presente propuesta de Ley, ésta entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, así como su reglamento 90 días después.

Estamos a sus órdenes para cualquier duda o comentario al respecto.

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