Auditorias Electrónicas, comenzarán en el mes de septiembre.
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Auditorias Electrónicas, comenzarán en el mes de septiembre.
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El pasado 04 de agosto, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) y la Procuraduría de la defensa del contribuyente (PRODECON), confirmaron que a partir del mes de septiembre iniciarán las primeras auditorias electrónicas.

El SAT   posee diferentes fuentes de información, las cuales podrían servir de base para las revisiones electrónicas, algunas de estas fuentes son las siguientes:

• Ingresos omitidos
• Omisión de pagos de impuestos
• Determinación incorrecta de impuestos
• Cálculo de retenciones
• Declaraciones en ceros.
• Retenciones vs enteros (el Patrón retiene una cantidad al trabajador y entera a hacienda un importe menor)
• Proveedores de riesgo.  (Que se encuentren en las listas negras que pública el SAT)
• 
Manifestación de ingresos en balanzas de comprobación y no emisión de CFDI (Comprobante Fiscal Digital por Internet)

Las notificaciones se realizarán vía Buzón Tributario, por lo que es importante recordar que se tiene un plazo de 3 días hábiles para revisar el aviso electrónico enviado por el SAT, en caso de que transcurra el plazo y no se consulte, la notificación se tendrá por realizada al cuarto día hábil.

Es importante recordar el cumplimiento de todos los elementos relativos a la contabilidad electrónica, como son los siguientes:

I. Contar con todos los XML correspondientes a ingresos y gastos, los cuales   deberán estar resguardados, para que en caso de una revisión los mismos puedan proporcionarse a la autoridad.
II. Revisar que los XML cumplan con todos los   requisitos fiscales además de cerciorase que para el SAT son comprobantes válidos, esto mediante la aplicación de validación en la página del SAT.
III. Que el registro de la contabilidad cumpla con todos los requisitos establecidos en las disposiciones fiscales.
IV. E
star cumpliendo mensualmente con él envió de la contabilidad electrónica y cubriendo los siguientes puntos:

• La balanza y el catálogo de cuentas que se envía mes a mes, debe coincidir con el mostrado en el sistema contable.
• En caso de hacer alguna modificación contable se deberá enviar la balanza complementaria respectiva y en su caso el Catalogo de Cuentas.
• Revisar que se estén incluyendo las cuentas de orden de los ajustes al final del ejercicio, así como el registro mensual del crédito de IVA/IEPS, para las empresas maquiladoras (IMMEX), el cual debe coincidir con los estados de cuenta que mensualmente envía el SAT.
• 
Recabar   el acuse de aceptación de la balanza y el catálogo de cuentas.

A través del envío de las balanzas de comprobación mensuales y la del cierre del ejercicio, los sistemas informáticos del SAT cuentan con alertas de comportamientos atípicos, mismas que servirán de base a las autoridades para realizar de forma digital revisiones automáticas.

Por lo antes mencionado, es importante revisar regularmente las notificaciones que se reciban en el buzón tributario, y cumplir con todas las obligaciones fiscales de registro contable.

Quedamos a sus órdenes para cualquier duda o aclaración al respecto

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