Declaraciones Informativas 2017
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Declaraciones Informativas 2017
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A partir de la reforma de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR) para el año 2014, la autoridad eliminó algunas disposiciones , que establecían la obligación de presentar diversas declaraciones informativas a más tardar el 15 de febrero del año siguiente al ejercicio correspondiente, las cuales se seguían presentando hasta el pasado 15 de febrero de 2017, derivado de una disposición transitoria establecida en la LISR que expresa que dichas declaraciones se deberán presentar por los ejercicio 2014, 2015 y 2016.

Las declaraciones informativas que se presentaban son las siguientes:

Declaración Informativa de Sueldos y Salarios, así como de conceptos asimilados.

Declaración Informativa de las personas a quienes se les haya otorgado donativos.

De pagos y retenciones del ISR, IVA o IEPS (Pagos realizados por concepto de arrendamiento, prestación de servicios profesionales, fletes, comisionistas, etc.).

Declaración Informativa de los regímenes fiscales preferentes.

Declaración Informativa de Clientes y Proveedores, cuando no hubieran presentado Declaraciones Informativas de Operaciones con Terceros.

Declaración en la que se determine el remanente distribuible y el porcentaje que corresponda a cada integrante (es aplicable a personas morales con fines no lucrativos que determinen remanente).

De retenciones y pagos hechos residentes en el extranjero.

Declaración informativa de rendimientos por fideicomisos de arrendamientos

Declaración informativa de permisos otorgados a través de loterías, rifas, sorteos y concursos.

Para las operaciones efectuadas durante el año 2017, no se tendrá la obligación de presentar todas las informativas enlistadas anteriormente en febrero del 2018.

Sin embargo, es importante mencionar que aún existe la obligación de presentar las declaraciones que mencionamos a continuación:

• Declaración Informativa de Financiamiento de residentes en el extranjero.

Se debe presentar a más tardar el 15 de febrero de 2018, declaración informativa en donde se manifieste el saldo insoluto al 31 de diciembre del año anterior, de los préstamos que le hayan sido otorgados por residentes en el extranjero, entre otros datos sobre dichas operaciones.

• Declaración Informativa de Operaciones con Partes Relacionadas Residentes en el Extranjero (Anexo 9 de la Declaración Informativa Múltiple).

Esta declaración, se deberá de presentar juntamente con la declaración anual, a excepción de las compañías que opten por dictaminarse, la información que debe de contener dicha declaración es la relacionada con las operaciones que se realicen entre partes relacionadas residentes en el extranjero durante el ejercicio de 2017.

Declaración Informativa de operaciones efectuadas a través de fideicomisos.

Esta declaración, deberá de presentarse a más tardar el día 15 de febrero, la cual deberá de contener la información de operaciones que se hayan efectuado a través de fideicomisos por los que se realicen actividades empresariales en los que intervengan.

• Declaración en la que se determine el remanente distribuible y el porcentaje que corresponda a cada integrante.

Está declaración es aplicable a personas morales con fines no lucrativos que determinen remanente y se debe presentar a más tardar el 15 de febrero de cada año.

• Declaración Informativa de Intereses pagados.

A más tardar el 15 de febrero, los contribuyentes que paguen intereses a personas físicas, aun cuando no sean instituciones de crédito, deberán informar el monto de intereses que pagaron en el ejercicio anterior, así como la retención respectiva entre otros.

• Declaración Informativa de los regímenes fiscales preferentes.

En el mes de febrero quienes hayan generado ingresos provenientes de regímenes fiscales preferentes, deberán informar sobre dichos ingresos.

Cabe mencionar que el análisis contenido en este boletín no contempla las actualizaciones para 2017 al respecto de las informativas del Registro Nacional de Inversión Extranjera, ni la Declaración Informativa de Situación Fiscal, así como las informativas de IMMEX, entre otras.

Para nosotros, es muy importante mantenerlos informados al respecto de las obligaciones fiscales actuales de las compañías contribuyentes en México, esto con la finalidad de brindarles el soporte necesario para llevar a cabo su cumplimiento en tiempo y forma, y así evitar cualquier sanción por parte de la autoridad.

Estamos a sus órdenes para cualquier duda o comentario al respecto.

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