¿Está obligado a presentar la declaración informativa local y la declaración informativa maestra de partes relacionadas por el ejercicio fiscal 2024?
Novedades
¿Está obligado a presentar la declaración informativa local y la declaración informativa maestra de partes relacionadas por el ejercicio fiscal 2024?
PDF

De conformidad con el artículo 76-A de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR), las empresas en México señaladas en el artículo 32-A, segundo párrafo y 32-H, fracciones I,II,II, V, y VI del Código Fiscal de la Federación (CFF) que celebren operaciones con partes relacionadas tendrán la obligación de presentar antes las autoridades fiscales las declaraciones anuales informativas de partes relacionadas, las cuales se refieren a la declaración informativa local, maestra y país por país.

Para ser más precisos, las empresas a las que hace referencia el artículo 32-A del CFF, segundo párrafo, se refiere a aquellas entidades obligadas a dictaminar sus estados financieros por contador público inscrito, cuando en el ejercicio fiscal inmediato anterior, en este caso en 2023, hayan declarado ingresos acumulables a un monto equivalente o superior a 1,940,178,120 pesos mexicanos, así como aquéllas que al cierre del ejercicio fiscal inmediato anterior tengan acciones colocadas entre el gran público inversionista, en bolsa de valores.

Por otra parte, el artículo 32-H, fracciones I,II,II, V, y VI del CFF se refiere a los contribuyentes que obtuvieron en el ejercicio fiscal inmediato anterior ingresos acumulables iguales o superiores a $1,016,759,000 así como aquéllos que al cierre del ejercicio fiscal inmediato anterior tengan acciones colocadas entre el gran público inversionista, en bolsa de valores; Las personas morales residentes en el extranjero que tengan establecimiento permanente en México, las entidades paraestatales de la administración pública federal, y finalmente los contribuyentes que sean partes relacionadas de los sujetos obligados a presentar dictamen fiscal del año 2024.

La declaración informativa local, deberá ser presentada por los contribuyentes que cumplan los requisitos previos sin importar si forman parte de un grupo nacional o multinacional. Dentro de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) en el apartado 3.9.12 se señala la información requerida dentro de esta declaración informativa la cual consiste entre otros puntos en:

  1. Información de estructura y actividades del contribuyente obligado, considerando la descripción de la estructura administrativa y organizacional de la compañía, las actividades y estrategias de negocio del contribuyente obligado, señalando si ha participado o se ha visto afectado por reestructuras de negocios, descripción de la cadena de valor del grupo al que pertenece el contribuyente obligado, identificando la ubicación y su participación en dicha cadena de valor, y la lista de competidores.
  2. Información de operaciones con partes relacionadas, incluyendo una descripción detallada de la operación, de las políticas de precios de transferencia, de la estrategia para el desarrollo, mejora, mantenimiento, protección y explotación de intangibles del grupo al que pertenece el contribuyente obligado, copia de los contratos celebrados, análisis funcional transaccional, y los análisis económicos.
  3. Información financiera que consiste en estados financieros individuales y consolidados, información financiera y fiscal de las partes relacionadas, entre otra.

La declaración informativa maestra, por otra parte, solicita información del Grupo Multinacional. Dentro de la RMF en el apartado 3.9.11 se señala el contenido de esta, y que se puede resumir en estos grandes temas: 

  1. Estructura organizacional legal de cada una de las unidades de negocio.
  2. Descripción general de la actividad de negocio del grupo empresarial multinacional incluyendo el modelo de negocio, los generadores de valor, la cadena de suministro, acuerdos relevantes de prestación de servicios intragrupo, principales mercados geográficos, funciones realizadas, activos utilizados y riesgos asumidos, y descripción de las reestructuras de negocios.
  3. Intangibles del grupo multinacional.
  4. Información relacionada con actividades financieras.
  5. Posición financiera y fiscal del grupo empresarial multinacional.

Finalmente, se da la facilidad a los contribuyentes obligados a presentar la Declaración Informativa Maestra a presentar la información elaborada por una entidad extranjera que forme parte del mismo grupo empresarial multinacional, siempre que se presente por el contribuyente obligado en idioma español o inglés, y cuyo contenido esté en línea con el Reporte Final de la Acción 13 del Plan de Acción contra la Erosión de la Base Imponible y el Traslado de Beneficios (BEPS). 

La fecha límite de presentación de la declaración informativa local de precios de transferencia 2024 es el 15 de mayo del 2025, y de la declaración informativa maestra es el 31 de diciembre de 2025. 

 

En JA DEL RÍO contamos con áreas especializadas en consultoría dispuestas para apoyar con estos y otros temas a considerar para asegurarnos que tu empresa cumple con las características aplicables para este acuerdo.

En caso de tener alguna duda, J.A. DEL RÍO pone a disposición a sus expertos para que puedan asesorarlos en materia de cumplimiento de disposiciones fiscales, por lo que nos reiteramos a sus órdenes en la cuenta de correo electrónico: contacto@jadelrio.com

Newsletter
Suscríbete a nuestro

Newsletter

Correo electrónico no válido.
Esta cuenta de correo ya está registrada.
Es necesario aceptar el aviso de privacidad.
Gracias por suscribirse.
Artículos Relacionados
COMPARTIR ESTE ARTÍCULO