IMSS | Criterio en materia de planes de pensiones
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IMSS | Criterio en materia de planes de pensiones
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El 8 de junio de 2023 se publicó en Diario Oficial de la Federación el criterio (01/2023/NV/SBC-LSS-27-VIII), emitido por el consejo técnico del IMSS a efecto de orientar a patrones o sujetos obligados respecto de la exclusión del concepto de aportaciones a fondos de planes de pensiones en la integración del salario base de cotización, regulado en la fracción VIII del artículo 27 de la Ley del Seguro Social.

El criterio normativo considera como prácticas fiscales indebidas en materia de seguridad social, las siguientes:

• Entregar a trabajadores cantidades, en efectivo, vía nómina o por cualquier medio, simulando que se trata para fines sociales, como concepto de planes de pensiones, pensión de subsistencia, pensión de sobrevivencia, jubilaciones, renta vitalicia, fondo de pensión o previsión social, con independencia de la denominación que se determine, con la finalidad de excluirlos como parte del salario base de cotización para evitar el pago de las aportaciones de seguridad social.

• Excluir del salario base de cotización las aportaciones que se realicen para constituir fondos de planes de pensiones, sin cumplir con los requisitos establecidos por la CONSAR.

• Asesorar, aconsejar, prestar servicios o participar en la realización o implementación de las prácticas anteriores.

• Los contadores públicos autorizados que emitan una opinión de cumplimiento "Limpia y sin salvedades" en el dictaminen en materia de seguridad social de patrones que utilicen cualquiera de las conductas antes señaladas.

En caso de requerir información adicional al respecto comuníquese con nosotros y con gusto lo apoyaremos: contacto@jadelrio.com

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