Primera etapa de uso obligatorio del Aviso de Cruce (AVC)
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Primera etapa de uso obligatorio del Aviso de Cruce (AVC)

El pasado viernes, la Agencia Nacional de Aduanas de México emitió información relacionada con la primera etapa de implementación obligatoria del Aviso de Cruce (AVC) en diversas aduanas del país. 

Una vez que esta medida entre en vigor, el AVC será el documento que deberá utilizarse para la modulación de las operaciones aplicables, en sustitución del Documento de Operación para Despacho Aduanero (DODA). 

La implementación obligatoria del AVC comenzará en una primera etapa en 21 aduanas, aunque la fecha definitiva de entrada en vigor aún está pendiente de confirmación oficial por parte de la ANAM. A partir de su obligatoriedad, el DODA dejará de utilizarse para las operaciones comprendidas en esta fase; sin embargo, por el momento, el AVC no será aplicable a pedimentos consolidados y sus remesas, operaciones de tránsito, pedimentos virtuales y otros supuestos que aún no se encuentren habilitados.

Aduanas comprendidas en la primera etapa

Estado

Aduana

Sonora

Sonoyta

Quintana Roo

Subteniente López

Campeche

Playa del Cármen

Chihuahua

Puerto Palomas

Sonora

Naco

Coahuila

Torreón

Sonora

San Luis Río Colorado

Baja California

Tecate

Oaxaca

Salina Cruz

Guerrero

Acapulco

Tamaulipas

Ciudad Miguel Alemán

Chihuahua

Ojinaga

Sonora

Agua Prieta

Chihuahua

Chihuahua

Coahuila

Ciudad Acuña

Quintana Roo

Cancún

Guanajuato

Guanajuato

Baja California Sur

La Paz

Chiapas

Ciudad Hidalgo

Tabasco

Dos Bocas

Chihuahua

Ciudad Juárez

 

La implementación del AVC implicará ajustes en los sistemas, procedimientos y controles relacionados con el despacho aduanero. Por ello, se recomienda identificar las operaciones realizadas en las aduanas involucradas, confirmar con los agentes aduanales y prevalidadores que sus sistemas se encuentren habilitados, verificar la vigencia de los gafetes electrónicos y coordinar con transportistas la correcta generación y presentación del aviso. 

JA DEL RÍO continuará monitoreando las publicaciones de la ANAM y comunicará oportunamente la fecha definitiva de entrada en vigor, así como cualquier actualización aplicable.

 

En JA DEL RÍO contamos con áreas especializadas en consultoría dispuestas para apoyar con estos y otros temas a considerar para asegurarnos que tu empresa cumple con las características aplicables para este acuerdo.

En caso de tener alguna duda, J.A. DEL RÍO pone a disposición a sus expertos para que puedan asesorarlos en materia de cumplimiento de disposiciones fiscales, por lo que nos reiteramos a sus órdenes en la cuenta de correo electrónico: contacto@jadelrio.com

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