Habitualmente las empresas acostumbran realizar una celebración por motivo del fin de año para sus empleados y en ocasiones obsequian regalos y no siempre tenemos claro cómo debemos tratar estos gastos.
El primer punto que tendríamos que considerar es la parte de la deducibilidad, en donde la Ley del Impuesto sobre la Renta refiere que las deducciones autorizadas deben ser estrictamente indispensables para los fines de la actividad del contribuyente.
Sin embargo, la parte de deducibilidad de estos gastos por celebraciones de fin de año se podría justificar si estos beneficios otorgados a los empleados se estipulan en los Contratos Laborales o Colectivos como previsión social.
Si requiere un análisis de sus gastos con motivo de estas festividades, favor de contactarnos.