Costa Rica: Cambios en el Reglamento a la Ley de Zonas Francas
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Costa Rica: Cambios en el Reglamento a la Ley de Zonas Francas
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En el mes de marzo se publicó en La Gaceta, mediante el Decreto N 43934-COMEX-H, algunas modificaciones al Reglamento a la Ley de Zonas Francas (RLZF), mediante el cual se regula con mayor detalle las modificaciones que pretenden incentivar la generación de negocios fuera del Gran Área Metropolitana (GAM).

Estos cambios van relacionados a lo ya modificado en la Ley de Zonas Francas en el 2022, mediante el cual se habían incluido las siguientes nuevas categorías para aquellas empresas que se instalen fuera de GAM:

g) Empresas de centros de servicios de salud humana.

h) Empresas proveedoras de insumos a entidades de ZF.

i) Empresas desarrolladoras de parques sostenibles de aventura.

Mediante la modificación al reglamento, queda establecido lo siguiente:

  • La inversión nueva inicial para entidades ubicadas fuera de GAM es de 100.000 USD para empresas dentro de Parque de ZF, y de 250.000 USD para empresas instaladas fuera de Parque de ZF.
  • En el caso de la categoría g, que ofrezca servicios de oftalmología, ortodoncia, odontología y cirugía estética o reconstructiva deberán invertir al menos 5.000.000 USD dentro de parque de ZF, o 10.000.000 fuera de parque. También podrán ser parte de esta categoría las entidades hospitalarias que realicen una inversión de 140.000.000 USD.
  • En el caso de las empresas desarrolladoras de parques de aventura deberán invertir 5.000.000 USD.
  • Además, se agregó el nuevo capítulo XXVI al Reglamento a la Ley de Zonas Francas, el cual habla sobre los nuevos tipos de inversión. Anteriormente se entendía que lo que se consideraba parte del nuevo nivel de inversión era el mobiliario y equipo, mejoras a la propiedad, terrenos, edificios, obras en proceso, software, entre otras. Ahora se incluye la inversión en infraestructura pública y la inversión en capital humano, estas dos ultimas podrán representar hasta un 50% del monto total de la inversión comprometida.
  • Finalmente, se incluye el procedimiento para optar por los beneficios de las empresas ubicadas fuera de GAM, pertenecientes al RZF, para que procedan a pagar menos cargas sociales patronales, esto según lo establecido en la “Ley de fortalecimiento de la competitividad territorial para promover la atracción de inversiones fuera de la Gran Área Metropolitana”. Para esto se debe tener una cantidad mínima de 30 empleados.

 

El contenido del presente boletín es meramente informativo, razón por la cual no podrá utilizarse bajo ninguna circunstancia como una asesoría en la materia descrita en el mismo. En caso de necesitar asesoría en alguno de los aspectos tratados, nuestro equipo de profesionales estará dispuesto a atenderlo

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