El pasado 9 de junio de 2026 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se establecen acciones de simplificación para los trámites que se realizan ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), el cual entró en vigor el 10 de junio de 2026.
Uno de los cambios más relevantes es la actualización integral de los trámites relacionados con el Registro de Prestadoras de Servicios Especializados u Obras Especializadas (REPSE). En particular, se contempla la integración de los procedimientos de inscripción, renovación y cancelación en una sola gestión administrativa.
Requisitos para el registro en el REPSE
Las personas físicas y morales que deseen obtener o renovar su registro deberán presentar su solicitud a través de la plataforma electrónica del REPSE (http://repse.stps.gob.mx), adjuntando la siguiente documentación:
En dicha plataforma, será necesario adjuntar la documentación correspondiente, la cual varía según el número de trabajadores registrados:
1. Empresas con hasta 10 trabajadores
Deberán presentar:
2. Empresas con más de 10 trabajadores
Deberán adjuntar la siguiente documentación:
Procedimiento de registro
Una vez que la solicitud y la documentación han sido enviadas correctamente en la plataforma, el sistema generará un número de folio, el cual permitirá dar seguimiento al trámite.
Posteriormente:
Reducción de plazos
El Acuerdo establece una mejora en los tiempos de resolución, quedando de la siguiente manera:
Vigencia del registro
El registro en el REPSE continúa teniendo una vigencia de tres años, contados a partir de la fecha de su otorgamiento.
Es importante considerar que su renovación es obligatoria para que las empresas puedan continuar prestando servicios u obras especializadas. En caso de no renovarse oportunamente, la empresa no podrá seguir operando bajo este esquema, lo que podría implicar riesgos legales y sanciones en materia laboral.
Conclusiones
Este cambio tiene como finalidad simplificar y homologar los procesos, reduciendo la carga administrativa para las empresas y evitando la duplicidad de trámites. Asimismo, permite una gestión más eficiente ante la STPS, al concentrar en un solo procedimiento todas las etapas del ciclo de vida del registro, desde su obtención inicial hasta su actualización o cancelación
Es importante señalar que derivado de este acuerdo, aunque existen menos requisitos, las obligaciones legales relacionadas con el registro REPSE continúan vigentes como son:
Si desea más información al respecto, contáctenos y estaremos complacidos en poder asistirle en cualquier inquietud u otro asunto relacionado en materia laboral.
Fuente: DOF - Diario Oficial de la Federación
En JA DEL RÍO contamos con áreas especializadas en consultoría dispuestas para apoyar con estos y otros temas a considerar para asegurarnos que tu empresa cumple con las características aplicables para este acuerdo.
En caso de tener alguna duda, J.A. DEL RÍO pone a disposición a sus expertos para que puedan asesorarlos en materia de cumplimiento de disposiciones fiscales, por lo que nos reiteramos a sus órdenes en la cuenta de correo electrónico: contacto@jadelrio.com