Cambios al MOCDE 2025: Implicaciones para operaciones internacionales
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Cambios al MOCDE 2025: Implicaciones para operaciones internacionales

El 13 de octubre de 2025, el Comité de Asuntos Fiscales de la OCDE aprobó un documento que contiene la actualización del Modelo Convenio Tributario sobre la Renta y Sobre el Patrimonio (en adelante, “Actualización al MOCDE 2025”). Este documento fue ratificado por el Consejo de la OCDE el 18 de noviembre y publicado el 19 de noviembre del mismo año.

La Actualización al MOCDE 2025 incorpora cambios cruciales en respuesta a la transformación de las prácticas comerciales a nivel mundial, la regulación del trabajo remoto y la creciente complejidad de las estructuras corporativas internacionales. Su objetivo principal es reforzar la consistencia en la interpretación de los tratados y reducir el abismo de incertidumbre fiscal. Las modificaciones se centran en los Comentarios, que son explicaciones oficiales publicadas por la OCDE y que sirven como herramienta de interpretación.

Principales cambios

Trabajo remoto desde el extranjero: la regla del 50% para Establecimiento Permanente (EP)

La OCDE busca reducir la problemática de interpretación sobre si un empleado trabajando desde su casa genera un EP para la empresa extranjera.

  • La nueva regla: La Actualización al MOCDE 2025 señala que, si el empleado trabaja menos del 50% de su tiempo desde casa en un periodo de 12 meses, no se considera que la empresa tenga un EP ahí.
  • Otros factores: Si se excede el umbral del 50% y/o el trabajo en casa es obligatorio o continuo, el riesgo de "lugar fijo de negocios" persiste. Además, es importante evaluar las razones de negocio que permiten al trabajador realizar sus funciones desde su domicilio y el tipo de actividades que desempeña. 

Industria extractiva: Umbral más riguroso para EP

Para las empresas de minería, petróleo o gas, se proponen reglas más rigurosas.

  • Se introduce una opción para que los países acuerden un periodo de tiempo muy corto (a veces solo 30 días) para que las actividades de exploración o explotación generen un EP, tanto en tierra (onshore) como en el mar (offshore).

Precios de Transferencia y Préstamos

La Actualización al MOCDE 2025 pretende aclarar la relación entre las reglas locales de cada país y los tratados internacionales (específicamente, el Artículo 9).

  • Deuda vs. Capital: Los nuevos comentarios proporcionan diversos enfoques para determinar por qué un préstamo es realmente un "préstamo" y no una aportación de capital, usando tanto las Guías de Precios de Transferencia de la OCDE como la ley local.
  • Deducibilidad: Se aclara que las Guías de Precios de Transferencia sólo determinan la naturaleza de la operación y si se encuentra a valores y condiciones de mercado; pero es la ley de cada país la que decide si el gasto es deducible o si hay límites (como las reglas contra la capitalización delgada).

Resolución de Controversias

Se añade un párrafo al Artículo 25 para coordinar mejor las disputas fiscales con otros acuerdos internacionales (como el Acuerdo General sobre el Comercio de Servicios o GATS, por sus siglas en inglés). Además, los nuevos Comentarios señalan que si hay controversias sobre Precios de Transferencia y se usa el "Monto B" del Pilar Uno, las autoridades deben seguir las nuevas guías específicas de la OCDE.

Residencia Fiscal. Postura Estadounidense

Estados Unidos ha incluido una aclaración oficial (párrafo 27.1 del Comentario al Art. 4) que redefine a quién considera "residente" para aplicar los beneficios de sus tratados. Para el gobierno estadounidense, si un país permite a una persona tributar solo por una parte de su renta (base limitada) o mediante un pago fijo anual, esa persona no será considerada residente para efectos del Tratado.

Intercambio de información

Se adicionan ciertas medidas en los Comentarios al artículo 26 sobre las reglas para el intercambio de información tributaria con el fin de salvaguardar la confidencialidad de esta.

Conclusión

Para navegar los cambios del MOCDE 2025, es recomendable que se vigilen principalmente los siguientes frentes: el teletrabajo (regla del 50%), sustentar la realidad de la deuda intercompañía y vigilar el cronómetro en proyectos extractivos para evitar caer en temas de EP.

¿Cómo te puede ayudar JA Del Río?

  • Revisión de la situación y documentación de los empleados internacionales para asegurar que no crucen el límite del 50% y evitar que riesgos en materia de EP.
  • Planeación fiscal para actividades de la industria extractiva, tomando en consideración los nuevos umbrales relacionados con Establecimientos Permanente.
  • Diagnóstico de la documentación de tus transacciones financieras, asegurando que tus préstamos cumplan con los nuevos criterios de "deuda" y que los intereses sean realmente deducibles, tanto desde la perspectiva fiscal mexicana como internacional.
  • Monitoreo respecto a socios o directivos bajo regímenes especiales que pudieran estar en riesgo de perder los beneficios del tratado con Estados Unidos.

 

En JA DEL RÍO contamos con áreas especializadas en consultoría dispuestas para apoyar con estos y otros temas a considerar para asegurarnos que tu empresa cumple con las características aplicables para este acuerdo.

En caso de tener alguna duda, J.A. DEL RÍO pone a disposición a sus expertos para que puedan asesorarlos en materia de cumplimiento de disposiciones fiscales, por lo que nos reiteramos a sus órdenes en la cuenta de correo electrónico: contacto@jadelrio.com

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Alfredo Palacios

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Montserrat Colín

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Rafael Moriyama

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León Salinas

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