Cambios al perfil de la seguridad de la certificación OEA  (Operador Económico Autorizado)
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Cambios al perfil de la seguridad de la certificación OEA (Operador Económico Autorizado)
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El pasado 25 de julio de 2023, se publica en el DOF la tercera resolución de modificación a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2023, y el Anexo 1 el pasado 03 de agosto mismo año, impactando en la información descrita en los perfiles de seguridad de los 9 rubros dentro de las Modalidades del Operador Económico Autorizado y Socio Comercial Autorizado. 

El inicio a este cambio fue posterior a las reuniones efectuadas por CBP y SAT a inicios de pandemia en el año 2020, en donde se llevó un análisis para dimensionar cambios representativos tanto en beneficios como en la redacción de los criterios de seguridad para cumplir con el Perfil de Seguridad en sus 9 rubros.

Dentro de los principales cambios podemos mencionar:

  • Creación de Comité de seguridad e involucramiento de alta dirección. 
  • Desarrollo de planes de contingencia en cuanto a crisis por zona geográfica, social entre otros.
  • Precisión de los datos que deben de ubicarse en las bitácoras, registros de ciertos criterios. 
  • Precisión en los criterios de investigación para mantener una relación comercial con los clientes y proveedores.
  • Se amplía la información a describir en su mapeo de procesos, así como la determinación de los socios críticos.
  • Cumplimiento de procedimiento para control de plagas en el caso de uso de materiales de embalaje de madera (como tarimas o pallets, cajas, cajones, jaulas, carretes, estiba, calzas, soportes o plataformas) 
  • Notificaciones de cualquier anomalía o modificación estructural inusual, resultado de una apertura de transporte en trayecto por alguna autoridad.
  • Concientización en prevención sobre contaminación visible de plagas y el personal que opera y administra los sistemas de tecnología de seguridad debe recibir capacitación relacionada a su operación y mantenimiento.

Las fechas para tener listos los cambios en los perfiles de seguridad son los siguientes:

I. Las empresas que tengan vigente su Registro en el Esquema de Certificación de Empresas modalidades de Operador Económico Autorizado o Socio Comercial Certificado, cualquier rubro, deberán cumplir con la actualización a los seis meses contados a partir de la publicación de la presente Resolución, debiendo cumplir para ello con lo establecido en la regla 7.2.1., párrafos tercero y cuarto, según corresponda a su registro.

II. Las empresas con solicitudes de Registro en el Esquema de Certificación de Empresas modalidades de Operador Económico Autorizado o Socio Comercial Certificado, en cualquier rubro, que se encuentren en trámite a la fecha de publicación de la presente Resolución, a los seis meses contados a partir del día en que se otorgó su registro, debiendo cumplir para ello con lo establecido en la regla 7.2.1., párrafos tercero y cuarto, según corresponda a su registro.

Por ello, es importante llevar a cabo la actualización de sus procedimientos y formatos aplicables con la finalidad de cumplir con la actualización de sus perfiles de seguridad por cada instalación y proceder con la presentación ante la autoridad en enero del 2024.

Si desea más información al respecto, contáctenos y estaremos complacidos en poder asistirle en cualquier inquietud u otro asunto relacionado en materia de Comercio Exterior: contacto@jadelrio.com

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