Decreto por el que se adicionan diversas disposiciones a la Ley Federal del Trabajo en materia de Plataformas Digitales
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Decreto por el que se adicionan diversas disposiciones a la Ley Federal del Trabajo en materia de Plataformas Digitales

El pasado 24 de diciembre de 2024 se publicó, en el Diario Oficial de la Federación, el decreto por el cual se adicionan diversas disposiciones a la Ley Federal del Trabajo (LFT), en materia de Plataformas Digitales. 

Entre los principales cambios se establece que para todos aquellos los trabajadores que obtengan o generen un ingreso mensual equivalente a por lo menos un salario mínimo tendrán derecho a una seguridad social completa, que incluye el acceso al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (INFONAVIT). En caso de que al final de cada mes no alcancen a generar la percepción mencionada, serán considerados trabajadores independientes.

Además, se reconoce la naturaleza flexible y discontinua de este tipo de empleo, permitiendo a los trabajadores elegir sus horarios y las plataformas en las que desean prestar servicios.

A continuación, destacamos los puntos más importantes de esta reforma: 

Nuevo capítulo IX Bis: trabajo en Plataformas Digitales

La reforma crea el Capítulo IX Bis, que establece la relación laboral de los trabajadores de plataformas digitales, considerándola como una relación subordinada y remunerada. Este tipo de trabajo se reconoce por su necesidad de presencia física para la prestación de servicios a través de plataformas digitales. En este sentido, las plataformas y sus administradores serán considerados patrones, mientras que los usuarios no tendrán responsabilidad laboral.

Derechos laborales y flexibilidad

Con relación a los derechos laborales, la naturaleza de su trabajo será flexible y discontinua, existiendo únicamente durante el tiempo efectivamente trabajado. En cuanto a la remuneración, se pagará por tarea, incluyendo de manera proporcional los días de descanso, vacaciones, prima vacacional, aguinaldo y horas extras.

Contratos y gestión algorítmica 

La reforma también introduce cambios en los contratos laborales. Se entiende por algoritmo, el uso de sistemas de toma de decisiones que permitan ejercer de manera automatizada o análoga el mando y la supervisión sobre la persona trabajadora de plataforma digital.

Los empleadores deberán elaborar un documento de política de gestión algorítmica del trabajo que informe a las personas trabajadoras, utilizando un lenguaje sencillo y claro, y evitando el uso de frases inexactas o ambiguas, así como los elementos utilizados por los algoritmos para la toma de decisiones que puedan afectar la relación laboral. Dicha política deberá formar parte del contrato de trabajo de plataformas digitales. 

Obligaciones de los empleadores

Los empleadores de plataformas digitales tendrán una serie de responsabilidades adicionales. Entre las más destacadas, se encuentran la obligación de pagar por los trabajos realizados dentro de un plazo máximo de una semana, registrar las horas trabajadas y emitir recibos de pago. También deberán proteger la información personal de los trabajadores, inscribirlos en el IMSS y realizar las aportaciones correspondientes al INFONAVIT. Además, los empleadores deberán garantizar mecanismos de capacitación, seguridad laboral y atender de manera adecuada las quejas y denuncias presentadas por los trabajadores. 

Obligaciones de los trabajadores

Por su parte, los trabajadores de plataformas digitales deberán adherirse a las normativas de seguridad y salud en el trabajo, así como manejar correctamente las tareas asignadas. De igual manera, tendrán que cumplir con los estándares de conducta ética y respetuosa en el desempeño de sus funciones, incluyendo el uso adecuado de los mecanismos tecnológicos que facilitan su trabajo. 

Rescisión de la relación laboral

La reforma también establece las causas por las cuales se puede rescindir una relación laboral. Entre las razones que justifican la rescisión se encuentran la falsificación de documentos, el compromiso de la seguridad y privacidad de los usuarios, y los incumplimientos repetidos de las tareas asignadas. Además, se contempla un procedimiento específico para la notificación de rescisión, que incluirá una fase de revisión y conciliación de las causas. 

Indemnizaciones y exenciones de reinstalación

Una de las principales modificaciones se encuentra en el artículo 49, que ahora incluye la fracción VI, eximiendo a los empleadores de la obligación de reinstalar a los trabajadores de plataformas digitales, salvo en los casos en que se haya producido una violación de derechos colectivos.

Asimismo, se adicionó la fracción IV al artículo 50, que menciona que, en caso de despido, los trabajadores de plataformas digitales recibirán una indemnización equivalente a tres meses de salario, más 20 días por cada año de servicio. 

Participación en utilidades

El artículo 127 también ha sido modificado para incluir a los trabajadores de plataformas digitales en el derecho a participar en las utilidades de la empresa, siempre que el tiempo trabajado en la plataforma supere las 288 horas anuales. 

Perspectiva de género y prohibiciones

En términos de igualdad, la reforma refuerza la protección contra la discriminación y violencia en el trabajo, especialmente en relación con la igualdad de género. Asimismo, se prohíbe el trabajo infantil, las retenciones ilegales de dinero y la simulación de contratos para evadir responsabilidades laborales.

Multas y sanciones

Para asegurar el cumplimiento de estas nuevas disposiciones, se han establecido sanciones económicas para los patrones que infrinjan las normativas. Las multas oscilarán entre 250 y 25,000 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA), dependiendo de la gravedad de la violación.

Implementación y disposiciones transitorias

Finalmente, la reforma establece un plazo de 180 días para la implementación de estas nuevas regulaciones, es decir el vencimiento del plazo será el 22 de junio de 2025. Durante este periodo, el IMSS y la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) deberán elaborar las reglas y los procedimientos necesarios para asegurar la correcta adaptación a estas nuevas normativas.

 

Fuente:

Diario Oficial de la Federación - DOF

 

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