Dictamen Fiscal obligatorio para 2022
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Dictamen Fiscal obligatorio para 2022
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Como parte de las reformas fiscales para el 2022, el Dictamen de estados financieros para efectos fiscales volverá a ser obligatorio. El pasado 12 de noviembre de 2021, se realizaron diversas modificaciones a los artículos relativos al Dictamen Fiscal. Estos cambios han generado cuestionamientos ya que el Dictamen Fiscal pasa nuevamente de ser opcional a obligatorio en caso de que el contribuyente caiga dentro de los supuestos establecidos en las leyes mexicanas.

¿A que contribuyentes les aplica? 

Para los dictámenes fiscales correspondientes al ejercicio 2022, a presentarse en 2023, las personas morales que en el último ejercicio fiscal inmediato anterior (ejemplo: para el ejercicio fiscal 2022 se consideraran los ingresos acumulables obtenidos durante el ejercicio 2021) hayan declarado ingresos acumulables para el impuesto sobre la renta iguales o superiores a MXN 1,650,490,600 (USD 78,594,790 aproximadamente)  estarán obligadas a dictaminar sus estados financieros a través de un Contador Público Inscrito, así como aquellas quienes, al cierre del ejercicio fiscal inmediato anterior, tengan acciones colocadas en bolsas de valores. 

Es importante considerar que el Dictamen fiscal también podría aplicar de forma obligatoria a los contribuyentes que realicen fusiones y/o escisiones y que se encuentren en alguno de los supuestos establecidos de la legislación mexicana, por lo que recomendamos que se realice una evaluación con anticipación.

¿Cuándo se presenta?

Deberá presentarse a más tardar el 15 de mayo del año siguiente a la terminación del ejercicio de que se trate. En este momento desconocemos si se emitirá alguna resolución para extender el plazo de presentación, como sucedió con los Dictámenes de estados financieros correspondientes al ejercicio fiscal 2021, los cuales deberán presentarse a más tardar el 15 de julio de 2022. 

Es importante que las Compañías evalúen con anticipación si están obligados a presentar dictamen fiscal, ya que deben elegir a su Auditor externo. Al elegir a su auditor externo con anticipación, las Compañías podrán identificar anticipadamente los posibles riesgos, de conformidad con las disposiciones fiscales y aduaneras.

Otros cambios relevantes en materia de Comercio Exterior

A partir del 1 de enero de 2022 el auditor de estados financieros debe de reportar si la empresa ha incumplido con las disposiciones fiscales y aduaneras o se ha llevado a cabo alguna conducta que pueda constituir la comisión de un delito fiscal.

El auditor responsable debe considerar las obligaciones de Comercio Exterior en el alcance de su dictamen, mismo que las empresas comúnmente no consideraban.

Con estos cambios, la autoridad puede responsabilizar a un auditor si es omiso en temas de comercio exterior. Ponemos, como ejemplo, algunos puntos:

1.- Obligaciones generales de Ley Aduanera y Comercio Exterior:

• Entre otros, no contar con la documentación que acredite la legal importación de mercancías extranjeras.

2.- Obligaciones ligadas a autorizaciones, concesiones, padrones, registros o patentes:

• Empresas maquiladoras (IMMEX), padrón de importadores, sectoriales, entre otros.

3.- Delitos fiscales vinculados a Comercio Exterior:

• Si el exportador o productor de mercancías certifica falsamente su origen, omitiendo el pago total o parcial de las contribuciones, etc.

A partir de 2022, con la creación de la Nueva Agencia Nacional de Aduanas, que sustituye al SAT en la parte aduanal, y las nuevas metas de recaudación del gobierno federal, es recomendable que su empresa considere evaluar su ejercicio de Comercio Exterior mediante un health check, para reducir el riesgo asociado con las operaciones de Comercio Internacional. 

¿Como te podemos ayudar?

En JA del Rio contamos con diversos servicios relacionados con la presentación del Dictamen Fiscal. Algunos de nuestros servicios son:

• Auditoría de estados financieros para presentación del Dictamen Fiscal.

• Revisión de cumplimiento fiscal.

• Health Check de Comercio Exterior.

• Preparación del estudio de Precios de Transferencia.

• Diagnóstico ejecutivo de CFDIs de nómina, ingresos y gastos.

• Asesoría en la implementación de un adecuado sistema de control interno.

 

Si requiere más información al respecto, contáctenos y estaremos complacidos en poder asistirle en cualquier inquietud o asunto relacionado del mismo.

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