Opinión negativa para contribuyentes que presenten pagos provisionales mensuales del ISR en cero
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Opinión negativa para contribuyentes que presenten pagos provisionales mensuales del ISR en cero
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El Sistema de Administración Tributaria (SAT), a través de la versión anticipada de la primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2018, estableció que cuando los contribuyentes en los pagos provisionales de ISR (Impuesto Sobre la Renta), hayan declarando cero en el total de los ingresos nominales o bien la suma de estos sea cero, y que haya emitido CFDI (comprobante fiscal digital por internet) de ingresos vigente durante el mismo ejercicio, el SAT emitirá la opinión negativa del cumplimiento de obligaciones fiscales.

Así mismo, los contribuyentes que realicen operaciones a través de coordinados o realicen actividades Agrícolas, Ganaderas, Silvícolas y Pesqueras y, hayan presentado en el ejercicio de que se trate más de dos declaraciones consecutivas manifestando cero en el total de ingresos o ingresos percibidos y hayan emitido CFDI de ingresos durante los mismos meses, los cuales se encuentren vigentes, se emitirá la opinión negativa de cumplimiento de obligaciones fiscales.

Los contribuyentes, que se encuentren en los supuestos anteriormente mencionado y no estén de acuerdo con la opinión negativa, deberán aclarar el motivo por el cual no han declarado los ingresos que se identificaron en los CFDI, mediante el buzón tributario o el Portal del SAT, proporcionando la información que crean pertinente para dicha aclaración.

Cuando los contribuyentes, no puedan aclarar el motivo del porque no están declarando los ingresos amparados en los CFDI de ingresos emitidos por el mismo periodo correspondiente a la declaración, se tendrán como no presentadas estas declaraciones solamente para efectos de la opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales.

En JA Del Río asesoramos y apoyamos a nuestros clientes con el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.

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