Reforma fiscal en materia de subcontratación de personal 2017.
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Reforma fiscal en materia de subcontratación de personal 2017.
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En   días pasados, fueron aprobadas las reformas Hacendarias inherentes al Impuesto Sobre la Renta (ISR), y al Impuesto al Valor Agregado (IVA) relacionadas con el tema de sub-contratación Laboral, dichas reformas entrarán en vigor a partir del 1ro de enero del 2017.

Uno de los aspectos más importantes a destacar en esta Reforma fiscal, es el conocido esquema de “Outsourcing” en el cual las empresas que requieran personal subcontratado, la autoridad fiscal pretende regular de una forma más exhaustiva las operaciones de evasión de impuestos que se han presentado en México a través de ésta figura en los últimos años.  A continuación, se presentan los cambios más relevantes en relación a este tema:

Impuesto Sobre la Renta

Con respecto al Impuesto Sobre la Renta (LISR), tratándose de los pagos realizados por subcontratación laboral en términos de la Ley Federal del Trabajo, será requisito para poder hacer deducibles los pagos correspondientes, que el contratante de los servicios obtenga del contratista (Outsourcing) copia de los siguientes comprobantes fiscales:

1. Pago de salarios de los trabajadores que proporcionaron el servicio subcontratado.
2. De los acuses de recibo
3. Pago de las Retenciones de ISR por salarios al SAT de los empleados sub contratados
4. Pago de las cuotas Obrero Patronales al IMSS (Instituto Mexicano del Seguro Social)

Para ello, los contratistas estarán obligados a entregar los comprobantes Fiscales (CFDI) y la información al contratante.

Ley del Impuesto al Valor Agregado

En relación al Impuesto al Valor Agregado (LIVA), dicha Ley establecerá que cuando se trate de actividades de subcontratación laboral en términos de la Ley Federal de Trabajo, el contratante deberá obtener adicionalmente del contratista (Outsourcing) la siguiente información:

5. Copia simple de la declaración correspondiente, (pago del IVA)
6. Acuse de recibo de pago del impuesto (IVA)
7. Información reportada al SAT, respecto del IVA que traslado.

Al igual que en la LISR, el contratista (Outsourcing), estará obligado a proporcionar copia de la documentación mencionada en el mes en que efectuó el pago.

En caso de que el contratante no recabe la documentación, deberá presentar complementaria para disminuir el acreditamiento efectuado en el pago de sus impuestos.

Criterio de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF)

El pasado mes de octubre, la Secretaria de Hacienda y Crédito Público (SAT), publicó en su página de internet que las operaciones en   las que las empresas utilizan los esquemas de sub-contratación de personal se consideran actividades vulnerables, esto bajo los términos de la Ley Federal de Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (“LFPIORPI”).

Entendiéndose como actividad vulnerable, la prestación de servicios profesionales de manera independiente, sin que medie relación laboral con el cliente respectivo, en aquellos casos en los que se prepare para un cliente o se lleven a cabo en nombre y representación del cliente cualquiera de las siguientes operaciones:

La administración y manejo de recursos, valores o cualquier otro activo de sus clientes;

Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI de nómina)

Otro tema importante a destacar, es que a partir del primero de enero de 2017 los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) de pago de nómina que deben de emitir los patrones a sus empleados, deberán de contener mayor información y más detallada. Esta nueva información que se adhiere a los comprobantes es entre otros datos la siguiente:

- RFC de la persona quién subcontrata,

- Mencionar sí el trabajador se encuentra en un esquema de subcontratación,

- Porcentaje de la prestación del servicio del empleado.

Este nuevo tipo de adecuaciones y regulaciones buscan finalmente que la autoridad fiscal tenga mayor información para los cruces de datos, al momento de corroborar que se cumplen las obligaciones fiscales.

Como es de notarse, la nueva reforma fiscal traerá una carga excesiva en nuevas regulaciones y requisitos para los contribuyentes que subcontratan a su personal. Se vuelve un hecho infalible que la autoridad fiscal estará auditando los esquemas de planeación fiscal relativos al Outsourcing el próximo año.

Por las razones anteriormente expuestas, sugerimos que se analice el esquema outsourcing con sus abogados   a la luz de estas nuevas disposiciones fiscales.

Estamos a sus órdenes para ayudarlos y orientarlos en este nuevo cumplimiento que afecta a las empresas que tienen empleados sub-contratados.

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