Se establece el Buzón IMSS como única vía para la obtención de la Opinión de Cumplimiento en Materia de Seguridad Social
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Se establece el Buzón IMSS como única vía para la obtención de la Opinión de Cumplimiento en Materia de Seguridad Social

El pasado 6 de octubre de 2025 fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el acuerdo ACDO.AS2.HCT.300925/288.P.DIR aprobado por el H. Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social el 30 de septiembre de 2025. Dicho acuerdo establece lo siguiente:

Modalidad para obtener la opinión de cumplimiento:

A partir del 1 de octubre, la única modalidad para que los particulares (personas físicas o morales) obtengan la opinión de cumplimiento de Obligaciones Fiscales en Materia de Seguridad Social será a través del Buzón IMSS.

Procedimiento para su obtención:

  1. Ingresar al Buzón IMSS por la página del IMSS www.imss.gob.mx/buzon imss, (usando e.firma).
  2. Seleccionar en el menú la opción “Cobranza”.
  3. Luego elegir “32D Consultar Mi Opinión”, y hacer clic en “Consultar Mi Opinión del Cumplimiento” para descargarla en PDF.

Vigencia de la Opinión de cumplimiento:

  1. 15 días hábiles, en términos generales.
  2. 20 días hábiles, cuando se trate de contratos derivados de procedimientos consolidados.
  3. 15 días naturales, para contratos relacionados con la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las mismas.

 

En JA DEL RÍO contamos con áreas especializadas en consultoría dispuestas para apoyar con estos y otros temas a considerar para asegurarnos que tu empresa cumple con las características aplicables para este acuerdo.

En caso de tener alguna duda, J.A. DEL RÍO pone a disposición a sus expertos para que puedan asesorarlos en materia de cumplimiento de disposiciones fiscales, por lo que nos reiteramos a sus órdenes en la cuenta de correo electrónico: contacto@jadelrio.com

 

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