Segunda Resolución de modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2017
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Segunda Resolución de modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2017
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El pasado 18 de julio fue publicado en el Diario Oficial de la Federación la segunda resolución de modificaciones a la miscelánea fiscal para 2017 y sus anexos, a continuación, se presenta un resumen de algunos aspectos a considerar:

Teléfono móvil como medio de contacto para el envío de avisos por buzón tributario

Dentro de los mecanismos de comunicación como medios de contacto, se habilita la posibilidad de hacerlo a un número de teléfono móvil para envío de mensajes cortos de texto además de la herramienta de correo electrónico que ya se tenía.

En los casos, en que los contribuyentes no elijan alguno de los mecanismos de comunicación antes señalados y no sea posible llevar a cabo la notificación a través de buzón tributario, se actualizará el supuesto de oposición a la diligencia de notificación y las misma podrá realizarse a través de estrados.

Representante legal de personas morales, que deberá solicitar su inscripción en el RFC (Registro Federal de Contribuyentes)

Por representante legal obligado a solicitar su inscripción en el RFC y su certificado de e. Firma, se entiende aquél que vaya a solicitar la e. Firma de la persona moral, o bien, ejerza facultades de representación de la persona moral ante las autoridades fiscales, cuyas facultades le hayan sido conferidas en escritura pública.

Aclaración para aquellos contribuyentes Personas Físicas que soliciten la suspensión o disminución de obligaciones.

Las personas físicas del régimen de incorporación fiscal, actividades empresariales y profesionales o de los ingresos por arrendamiento y en general por otorgar el uso o goce temporal de bienes inmuebles que ya no realizan dichas actividades, podrán solicitar la suspensión o la disminución de obligaciones de manera retroactiva hasta por los últimos cinco ejercicios previos a la solicitud, mediante la presentación de un caso de aclaración en el Portal del SAT, sin embargo se aclara que esta suspensión no deja sin efectos los requerimientos realizados ni libera del pago de las multas notificadas y no notificadas que correspondan, por la falta de presentación de declaraciones a que se encontraban obligados los contribuyentes.

Nueva Clave en el RFC genérica, cuando que se presten servicios de subcontratación laboral a residentes en el extranjero que no están obligados a solicitar su inscripción en el RFC (Registro Federal de Contribuyentes)

En el caso de contribuyentes residentes en México, que presten servicios de subcontratación laboral a residentes en el extranjero que no están obligados a solicitar su inscripción en el RFC, en los CFDI de nómina que deben emitir por los pagos que realicen y que a su vez sean ingresos para sus trabajadores, podrán señalar en el campo “RfcLabora” del elemento o sección del complemento de nómina denominado “Subcontratación” la clave en el RFC genérico XEXX010101000.

Clave en el RFC (Registro Federal de Contribuyentes) genérico en el CFDI

En el caso de comprobantes por pagos de salarios y conceptos asimilados, cuando no se cuente con la clave en el RFC, se consignará la clave genérica en el RFC: XAXX010101000.

Se incluye el periodo preoperativo, como motivo de informe de las razones por las que no se realiza pago de impuestos
Cuando no se tenga cantidad a pagar derivado de la mecánica de aplicación de Ley o saldo a favor, o porque se encuentre en periodo preoperativo de conformidad con el artículo 5, fracción VI, inciso a) de la Ley del IVA, se informará a las autoridades las razones por las cuales no se realiza el pago, presentando la declaración de pago provisional o definitivo que corresponda, a través del citado programa, llenado únicamente los datos solicitados por el mismo.

Deducción de gastos que deriven de inversiones obtenidas con apoyos económicos del gobierno estatal o federal
Los contribuyentes, podrán deducir los gastos que se efectúen en relación con bienes de activo fijo que hayan adquirido mediante los apoyos económicos o monetarios que reciban a través de programas del gobierno federal o estatal, siempre que la erogación de que se trate no se efectúe con los mencionados apoyos y se cumplan con los demás requisitos aplicables de las deducciones.

Trámite de autorización, para considerar los activos en la proporción en que estos sean utilizados en la operación de maquila

Los contribuyentes, deberán solicitar autorización al SAT para considerar los activos en la proporción en que estos sean utilizados en la operación de maquila, para esto utilizarán la ficha de trámite 85/ISR “Solicitud de autorización para considerar los activos en la proporción en que estos sean utilizados en la operación de maquila”.

Facilidad para presentar el aviso de opción para deducir las erogaciones estimadas relativas a los costos directos o indirectos de obras

Se elimina la obligación de manifestar la fecha y el número de operación que corresponda, a cada una de las declaraciones anuales complementarias que deriven del ejercicio en que se optó por deducir las erogaciones estimadas relativas a los costos directos o indirectos de obras.

Ajustes de precios de transferencia

Mediante el artículo séptimo transitorio, se especifica que los contribuyentes que efectúen aumento o disminución de ingresos o deducciones derivado de ajustes de precios de transferencia para poder deducirlo, además de cumplir con los demás requisitos que establece la regla 3.9.1.3 a partir de 1 de enero de 2017, los ajustes deberán reflejarse en la declaración o en el dictamen que deba presentarse en el ejercicio fiscal de 2018 o posteriores, según se trate.

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