El pasado 11 de enero, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer un comunicado de prensa, en el cual informa que aquellos contribuyentes que cumplan con sus obligaciones en tiempo y forma, podrán obtener su devolución de impuestos en un plazo estimado de cinco días.
Gracias a las innovaciones tecnológicas que ha puesto en marcha la autoridad fiscal, dentro de ellas la facturación electrónica, el buzón tributario, contabilidad electrónica y toda la información de los movimientos del IVA pagado, retenido y enterado y mediante un modelo paramétrico de devoluciones rápidas, este beneficio podría empezar a implementarse en el mes de marzo del 2016. y en la medida en la que se compruebe que los parámetros son suficientes, se podrá incrementar gradualmente el número de beneficiarios directos.
El SAT utilizará un sistema que compara el saldo a favor determinado en la declaración, con un modelo estadístico predictivo, se compara, se evalúa la congruencia entre las distintas fuentes de información que se tiene y se verifica que el contribuyente no esté vinculado con un padrón de riesgo que se tiene en el SAT.
En primer orden, PYMES (pequeñas y medianas empresas) y asalariados serán los que recibirán de manera automática la devolución del Impuesto al Valor Agregado (IVA) y del Impuesto Sobre la Renta (ISR), sin necesidad de presentar una solicitud cuando tengan un saldo a favor, el secretario de Hacienda, además, aclaró que las devoluciones para PYMES procederán cuando sean menores a un millón de pesos. Para el caso de asalariados, destacó que el saldo a favor que podrá solicitar será el que refleje su declaración de impuestos pre llenada.
Sin duda, esto representa un gran avance en la simplificación administrativa, sobre todo para pequeñas y medianas empresas, en un principio; se espera que el SAT dé a conocer próximamente más información sobre este nuevo esquema de devoluciones.