A través de la publicación del nuevo Reglamento de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, la autoridad establece una nueva opción de poder hacer deducible los pagos por arrendamiento de casas habitación.
Entre las modificaciones realizadas, podemos encontrar que se elimina el requisito de contar con la autorización por parte de la autoridad para poder deducir dichos conceptos.
Se establece, que se deberá presentar un aviso, bajo protesta de decir verdad que la información presentada es cierta y refleja los hechos, actos y operaciones que realiza el contribuyente. El aviso deberá presentarse ante el Servicio de Administración Tributaria a más tardar el último día del ejercicio en que se pretenda aplicar la deducción por primera vez.
Los requisitos para poder acceder a dicha deducción son:
* Copia del contrato de arrendamiento.
* Estudio comparativo entre los gastos efectuados durante el último ejercicio por concepto de hospedaje y las erogaciones estimadas durante un ejercicio por el arrendamiento de todas las casas habitación.
* La documentación que acredite la estancia de las personas que ocupan dicho inmueble, (copia del recibo de luz, teléfono, agua, etc.,).