Iniciativa Reforma Hacendaria 2016
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Iniciativa Reforma Hacendaria 2016
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El pasado 08 de septiembre, el Ejecutivo Federal presentó ante el Congreso de la Unión la propuesta del paquete económico para 2016. De las modificaciones y adiciones más importantes en materia fiscal podemos observar las siguientes: Ley del Impuesto Sobre la Renta Deducciones Personales Las Personas Físicas, podrán excluir del límite global de deducciones personales, los pagos o adquisiciones realizadas en instrumentos de ahorro de planes para el retiro. El límite es de cinco salarios mínimos anuales o hasta un 10% de los ingresos acumulados y hasta un monto de 152, 000 pesos por aportaciones a dichas cuentas. Trabajadores sindicalizados y no sindicalizados (Promedio aritmético) Se propone eliminar el requisito de generalidad, respecto a las deducciones de previsión social otorgadas a los trabajadores no sindicalizados, con referencia a los trabajadores sindicalizados. Así mismo se elimina el tope de diez salarios mínimos generales elevados al año en la previsión social, para los trabajadores no sindicalizados. Deducción inmediata El estímulo consiste en efectuar la deducción inmediata de los bienes nuevos de activo fijo en el ejercicio en que se adquieran, aplicando el porcentaje establecido y soló será aplicable para los ejercicio 2016 y 2017. Las personas físicas y morales que podrán efectuar dicha deducción son las siguientes: I. Quienes hayan obtenido en el ejercicio inmediato anterior, ingresos propios de su actividad empresarial por un monto que no exceda los 50 millones de pesos. II. Quienes efectúen inversiones en la construcción y ampliación de infraestructura de transporte, tales como carreteras, caminos y puentes. III. Quienes realicen inversiones en las actividades de hidrocarburos y en equipo para la generación, trasporte, distribución y suministro de energía. Asimismo, se establece la opción para poder aplicar deducción inmediata por las inversiones realizadas en el último cuatrimestre del 2015. Declaraciones informativas en materia de precios de transferencia. Se propone establecer nuevas declaraciones informativas en materia de precios de transferencia, para aquellos contribuyentes que celebren operaciones con partes relacionadas nacionales o extranjeras, las cuales se deberán de presentar a más tardar el 31 de diciembre del 2017. I. Declaración informativa maestra de partes relacionadas del grupo empresarial multinacional, que contenga información del grupo empresarial multinacional, la cual deberá incluir la estructura organizacional, descripción de actividades, sus intangibles y las actividades financieras con partes relacionadas. II. Declaración informativa local de partes relacionadas: que contenga la descripción de la estructura organizacional, información financiera del contribuyente obligado, así como sus operaciones con sus partes relacionadas. III. Declaración informativa país por país del grupo multinacional. La cual incluirá distribución mundial de ingresos e impuestos pagados, indicadores de localización de las actividades económicas, así como un listado de todas las entidades integrantes del grupo empresarial entre otros requisitos. Esta última declaración, deberá ser presentada por los contribuyentes que entre otros supuestos sean personas morales controladoras multinacionales, y hayan obtenido en el ejercicio inmediato anterior ingresos consolidados para efectos contables equivalentes o superiores a doce mil millones de pesos. Capitalización delgada para industria eléctrica Se pretende excluir del cálculo de capitalización delgada, a las deudas contraídas con motivo de la inversión en infraestructura, relacionadas con la generación de energía eléctrica. Se permitirá a la industria eléctrica, realizar la deducción de los intereses que pagan por los créditos obtenidos sin establecer limitante alguna. Repatriación de capitales Las personas físicas y morales residentes en México, y las residentes en el extranjero con establecimiento permanente en el país, que hayan obtenido ingresos provenientes de inversiones directas e indirectas mantenidas en el extranjero hasta el 31 de diciembre del 2014, podrán optar por pagar el Impuesto Sobre la Renta actualizado al que hubieran estado obligados, siempre y cuando el monto de las inversiones se retorne a México dentro del primer semestre del 2016 y dichos importes se inviertan en activos fijos, en investigación y desarrollo o se destinen al pago de pasivos con partes independientes. Los contribuyentes que ejerzan esta opción no pagarán recargos ni multas. Ley del Impuesto Sobre Producción y Servicios Se reforma el gravamen para gasolina y diésel, el cual será una base fija la cual se modificara cada año. Asimismo se establece impuesto para los combustibles no fósiles. Las exportaciones de alimentos con alta densidad calórica realizada por los productores, estarán gravadas al 0% pudiendo ser acreditable el IEPS que haya sido trasladado en la adquisición de los insumos. Actualmente se encuentra exenta. Código Fiscal de la Federación Estándar para el Intercambio Automático de Información Las instituciones financieras residentes en México, o en el extranjero con sucursales en México deberán informar sobre las cuentas financieras existentes al 31 de julio de 2015 y las aperturadas a partir de 2016, conforme al Estándar para el Intercambio Automático de Información sobre Cuentas Financieras en Materia Fiscal. Es importante mencionar, que el contenido del paquete económico es una iniciativa, por lo que en el transcurso de su aprobación pueden existir modificaciones, las cuales estaremos informando.
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