El pasado 3 de junio de 2025, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo que sujeta al requisito de Aviso Automático de Exportación a las mercancías clasificadas en las siguientes fracciones arancelarias:
Tras la publicación del Acuerdo, diversas instituciones manifestaron las posibles afectaciones que esta medida podría generar en la industria. En respuesta, la Secretaría de Economía emitió el Oficio No. 516.2025.185, mediante el cual se determina prorrogar la entrada en vigor del Acuerdo hasta el 7 de julio de 2025. Asimismo, se informa que las solicitudes de Aviso Automático de Exportación podrán presentarse a partir del 30 de junio de 2025.
Adicionalmente, la Secretaría de Economía publicó el Boletín B.SNICE 004/2025, en el cual se detallan los medios de contacto disponibles para la gestión de los trámites correspondientes, así como un correo electrónico adicional destinado a la atención de dudas relacionadas con el procedimiento. Asimismo, el boletín incluye consideraciones específicas para la presentación de las solicitudes de aviso.
En relación con lo anterior, es importante destacar que el correo electrónico que se indique en el formato de Aviso Automático de Exportación deberá estar previamente registrado ante la Secretaría para poder recibir notificaciones conforme a lo señalado en la Regla 1.3.5. de las Reglas y Criterios en Materia de Comercio Exterior.
Se anexa al presente el Oficio No. 516.2025.185 y el Boletín B.SNICE 004/2025 para su consulta.
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