Se establece el primer periodo vacacional 2025 de la ANAM.
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Se establece el primer periodo vacacional 2025 de la ANAM.
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Con el fin de mantener informados sobre los periodos vacacionales de las Autoridades fiscales y aduaneras, con fecha 17 de julio de 2025, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Acuerdo mediante el cual establece el primer periodo vacacional de la Agencia Nacional de Aduanas de México (ANAM) para el periodo 2025, el cual comprende los días del 21 de julio al 01 de agosto de 2025.

Por lo anterior, es importante reiterar que en dicho periodo NO se computarán plazos y términos legales correspondientes en los actos, trámites y procedimientos que se sustanciarán ante las unidades administrativas de la ANAM, lo anterior de conformidad con el Artículo 12 del Código Fiscal de la Federación. 

En ese sentido, se recomienda tomar en cuenta este periodo para la adecuada planificación de sus trámites.

Atentamente,

Antonio Avila
Socio de Comercio Exterior
JA Del Río 
antonio.avila@jadelrio.com
Oficina Guadalajara

Lidia Luévano
Directora de Comercio Exterior
JA Del Río 
lidia.luevano@jadelrio.com
Oficina Monterrey

Jorge Rodríguez
Director de Comercio Exterior
JA Del Río 
jorge.rodriguez@jadelrio.com
Oficina Ciudad de México

 

En JA DEL RÍO contamos con áreas especializadas en consultoría dispuestas para apoyar con estos y otros temas a considerar para asegurarnos que tu empresa cumple con las características aplicables para este acuerdo.

En caso de tener alguna duda, J.A. DEL RÍO pone a disposición a sus expertos para que puedan asesorarlos en materia de cumplimiento de disposiciones fiscales, por lo que nos reiteramos a sus órdenes en la cuenta de correo electrónico: contacto@jadelrio.com

 

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