Reporte semanal 15/05/2020 COVID-19 Colombia
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Reporte semanal 15/05/2020 COVID-19 Colombia
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Las siguientes son las últimas noticias relevantes sobre las normas emitidas recientemente respecto a temas societarios, tributarios, y laborales derivados de la emergencia sanitaria y económica por causa del COVID-19, así como, otros temas de importancia.

Temas societarios

1. Derivado de la ampliación de la cuarentena obligatoria, la Superintendencia de Sociedades amplió nuevamente los plazos para realizar la presentación de los estados financieros del año 2019.

Así pues, los vencimientos iniciarán el próximo 25 de mayo (últimos dígitos del NIT 01 – 05), finalizando 26 de junio (con el NIT finalizado en 96 - 00).

Por su parte, el informe de prácticas empresariales deberá reportarse entre el 6 de julio y el 17 del mismo mes.

Circular Externa 100-000009 de 2020

Temas Tributarios

1. El pasado 13 de mayo, el Ministerio de Hacienda emitó el Decreto 655 a través del cual amplía el plazo para realizar el pago de la segunda cuota de impuesto sobre la renta y complementarios, de aquellas empresas que sean catalogadas por ingresos micro, pequeños y medianos.

Así pues, los vencimientos para realizar el pago de dicha cuota iniciarán el 9 de noviembre y finalizarán 7 de diciembre, considerando los dos últimos del NIT de cada entidad.

Decreto 655 del 13 de mayo de 2020

2. La DIAN prescribe el formulario 210, aplicable para la presentación de las declaraciones de renta del año gravable 2019 de persona naturales y asimiladas.

Resolución DIAN 00045 del 7 de mayo de 2020

Temas Laborales

1. Con el fin de que millones de colombianos conserven su empleo, el Gobierno Nacional subsidiará pago de nómina aportando la suma de Col$350.000 por cada empleado que tenga la Compañía.

A través del Decreto 639 se establecieron quién podrán gozar del antedicho beneficio, así como los requisitos, entre los que se encuentra: (I) haber estado constituida la sociedad antes del 1 de enero de 2020, (II) demostrar (a través de certificación de contador) que sus ingresos se han visto disminuidos en más de un 20%, y (III) no haber recibido subsidio en más de tres (3) ocasiones.

El subsidio será canalizado a través del sistema financiero.

Decreto 639 de 2020

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