¿Sabes si estás obligado a tener revisor fiscal?
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¿Sabes si estás obligado a tener revisor fiscal?
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En caso de ser alguna de las entidades que se detallan a continuación, usted está obligado a contar con revisor fiscal y; por lo tanto, deberá – a través de la junta de socios o accionistas – designar uno:

A. Ser alguna de las siguientes sociedades:

  1. Sociedades por Acciones (S.A.).
  2. Sucursales de compañías extranjeras. 
  3. Las sociedades que lo determinen y así lo dispongan en sus estatutos.
  4. Aquellas sociedades comerciales, de cualquier naturaleza, 

a. Cuyos activos brutos a 31 de diciembre del año 2020 sean o excedan la suma de Col$4.389.015.000 aproximadamente (su equivalente a 5.000 SMMLV ), y/o

b. Cuyos ingresos brutos a 31 de diciembre del año 2020 sean o excedan la suma de Col$2.633.409.000 (equivalente a 3.000 SMMLV).

B. Ser una entidad que pertenezcan al sector financiero sometidas al control y vigilancia de la Superintendencia Financiera de Colombia.

C. Ser una entidad sometida a la vigilancia de la Superintendencia Nacional de Salud.

D. Ser una entidad del sector real sometidas a la acción de la Superintendencia de la Economía Solidaria (siempre que sus activos al 31 de diciembre del año inmediatamente anterior sean o excedan la suma de Col$438.901.5000 - equivalente a 500 SMMLV).

E. Otras entidades obligadas:

  1. Empresas de servicios públicos domiciliarios.
  2. Propiedades Horizontales Mixtas o comerciales.
  3. Cajas de compensación Familiar.
  4. Fondos Ganaderos.
  5. Asociaciones de autores.
  6. Asociaciones Gremiales Agropecuarias.
  7. Fondos Mutuos de inversión.
  8. Cámaras de comercio.
  9. Asociaciones, Fundaciones e instituciones de utilidad común.
  10. Instituciones no oficiales de educación.
  11. Empresas comunitarias.
  12. Corporaciones Autónomas Regionales. 

 

Contáctenos.

Fabio Osorio

fabio.osorio@jadelrio.com

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