1. Por medio del alcance N°195 de la Gaceta 227 del 03 de diciembre del 2024, el Ministerio de Hacienda por medio del Decreto Ejecutivo N°44772-H Actualizó los Tramos del Impuesto Sobre la Renta para Personas Físicas y Jurídicas.
2. Por segundo año consecutivo se observa una disminución en los tramos para el cálculo del Impuesto Sobre la Renta
3. Para Personas Físicas con actividades lucrativas se establecen los siguientes Tramos para el cálculo del Impuesto Sobre la Renta:
Impuesto a las Personas Fisicas
Tramo de Renta | Tasa de Impuesto |
Hasta ₡4 094 000 | Exento |
De ₡4 094 000 hasta ₡6 115 000 | 10% |
De ₡6 115 000 hasta ₡10 200 000 | 15% |
De ₡10 200 000 hasta ₡20 442 000 | 20% |
Sobre el exceso de ₡20 442 000 | 25% |
**Créditos fiscales:
Para Personas Jurídicas se establece los siguiente Tramos (sobre la renta neta) para el cálculo del Impuesto Sobre la Renta:
Impuesto a las Personas Jurídicas
Tramo de Renta | Tasa de Impuestos |
Hasta ₡5 642 000 | 5% |
De ₡5 642 000 hasta ₡8 465 000 | 10% |
De ₡8 465 000 hasta ₡11 286 000 | 15 |
Sobre el exceso ₡11 286 000 hasta ₡119 629 000 | 20% |
**Sobre el exceso de ¢119 629 000 de renta brta pagará un 30%
El contenido del presente boletín es meramente informativo, razón por la cual no podrá utilizarse bajo ninguna circunstancia como una asesoría en la materia descrita en el mismo. En caso de necesitar asesoría en alguno de los aspectos tratados, nuestro equipo de profesionales estará dispuesto a atenderlo. contacto@jadelrio.com