1. Permitiendo a trabajadores dependientes e independientes con ingresos menores a 1 SMLMV cotizar por períodos inferiores a un mes. Esta medida, basada en la Ley 2466 de 2025, permite que el pago de aportes a pensión y caja de compensación se realice de forma proporcional a los días o semanas trabajados, utilizando el tipo de cotizante 51 en la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA).
Ver: Documento anexo en formato pdf
2. El Ministerio de Trabajo de Colombia emitió el pasado 22 de septiembre de 2025 la Circular 101, donde se describen los lineamientos generales para el cumplimiento de la jornada de trabajo, relación de horas extras, límite de trabajo suplementario y remuneración en descanso obligatorio, entre otros.
Excepciones: Se contemplan excepciones para actividades insalubres, turnos sucesivos y cargos de dirección, siempre bajo los principios de proporcionalidad y no regresión.
Ver: Documento anexo en formato pdf.
3. Mediante la circular 0102 del pasado 22 de septiembre de 2025. El Ministerio de Trabajo notifica el trámite de autorización de trabajo suplementario.
Notifica:
Ratifica que, con la entrada en vigor de la Ley 2466 de junio de 2025, la facultad de esta entidad para autorizar la realización de horas extras fue eliminada.
Esta circular es una ampliación de lo estipulado en la circular 101 del Ministerio de Trabajo.
Ver: Documento anexo en formato pdf.