A través de la circular 093 del 1 de septiembre de 2025, el Ministerio del Trabajo de Colombia, mediante la cual se establecen lineamientos para la cotización flexible en el Sistema de Seguridad Social.
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A través de la circular 093 del 1 de septiembre de 2025, el Ministerio del Trabajo de Colombia, mediante la cual se establecen lineamientos para la cotización flexible en el Sistema de Seguridad Social.
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1. Permitiendo a trabajadores dependientes e independientes con ingresos menores a 1 SMLMV cotizar por períodos inferiores a un mes. Esta medida, basada en la Ley 2466 de 2025, permite que el pago de aportes a pensión y caja de compensación se realice de forma proporcional a los días o semanas trabajados, utilizando el tipo de cotizante 51 en la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA). 

TABLA

Ver: Documento anexo en formato pdf

2. El Ministerio de Trabajo  de Colombia emitió el pasado 22 de septiembre de 2025 la Circular 101, donde se describen los lineamientos generales para el cumplimiento de la jornada de trabajo,   relación de horas extras, límite de trabajo suplementario y remuneración en descanso obligatorio, entre otros.

  1. Reducción de la jornada laboral:  Explica la reducción progresiva de la jornada laboral semanal de 44 a 42 horas, la cual se hará efectiva en el año 2026, conforme a lo establecido en la Ley 2101 de 2021. Esta normativa busca optimizar el equilibrio entre la vida laboral y personal de los trabajadores, sin afectar la remuneración ni los derechos adquiridos
  2. Recargos laborales:  Define los lineamientos para la correcta liquidación de los recargos nocturnos, horas extras y el trabajo realizado en domingos y días festivos, estableciendo los porcentajes de pago correspondientes según la normativa vigente. Esta circular, emitida el 22 de septiembre de 2025, busca garantizar la aplicación uniforme y transparente de las disposiciones laborales en las organizaciones.
  3. Derechos y garantías: Reitera y aclara derechos como el descanso dominical y festivos remunerados, y la participación de los trabajadores en la definición de los horarios. 
  4. Registro y control: Exige a los empleadores mantener un registro detallado del trabajo suplementario y pone a disposición estos datos para las autoridades y los propios trabajadores. 

Excepciones: Se contemplan excepciones para actividades insalubres, turnos sucesivos y cargos de dirección, siempre bajo los principios de proporcionalidad y no regresión. 

Ver: Documento anexo en formato pdf.

3. Mediante la circular 0102 del pasado 22 de septiembre de 2025. El Ministerio de Trabajo notifica el trámite de autorización de trabajo suplementario.

Notifica: 

Ratifica que, con la entrada en vigor de la Ley 2466 de junio de 2025, la facultad de esta entidad para autorizar la realización de horas extras fue eliminada.

Esta circular es una ampliación de lo estipulado en la circular 101 del Ministerio de Trabajo.

 

Ver: Documento anexo en formato pdf.

 

 

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