1. Programa de Prevención de Accidentes Mayores (PPAM)
El Ministerio del Trabajo a través de la Resolución 2091 del 14 de julio de 2026, reglamenta el procedimiento para la investigación de incidentes y accidentes mayores en el marco del Programa de Prevención de Accidentes Mayores (PPAM).
Puntos Clave:
(i) Objetivo y campo de aplicación
(ii) Conformación del equipo investigador
El equipo mínimo para investigar accidentes mayores e incidentes de Nivel 1 y Nivel 2 debe estar integrado por:
(iii) Metodologías y análisis causal
(iv) Contenido del informe y plazos de entrega
(v) Papel de las ARL y sanciones
Conclusión general
La Resolución 2091 de 2026 refuerza la investigación de accidentes mayores con un enfoque técnico y preventivo, obligando a las empresas a mejorar sus procesos, cumplir plazos estrictos y fortalecer sus sistemas de gestión para evitar sanciones.
2. Inspecciones de Vigilancia y Control
El Ministerio del Trabajo reglamenta las inspecciones de Vigilancia y Control mediante el Decreto 720 del 07 de julio 2026.
Puntos Clave:
(i) Objetivo
(ii) Definición y alcance normativo
Las medidas preventivas en el ámbito laboral son órdenes inmediatas, temporales y proporcionales orientadas a evitar daños graves o irreparables a los derechos de los trabajadores. Su adopción se basa en la gravedad del riesgo, la inminencia del daño, la existencia de evidencia suficiente y la proporcionalidad de la medida.
Se aplican de forma prioritaria por el Ministerio del Trabajo dentro de sus funciones de inspección, vigilancia y control, exclusivamente en relaciones laborales (no civiles o comerciales). Tienen carácter cautelar y preventivo, no constituyen sanción ni implican prejuzgamiento, y no reemplazan los procesos administrativos sancionatorios.
(iii) Tipos de medidas preventivas
(iv) Procedimiento y ámbito de aplicación
Las medidas preventivas se adoptan en el marco de las actuaciones de inspección, vigilancia y control, ya sea de oficio o a solicitud de parte, mediante un acto administrativo debidamente motivado que incluye valoración técnica, jurídica y fáctica del riesgo.
Tienen carácter provisional y preventivo, y se ejecutan de forma inmediata.
Contra la decisión procede recurso de reposición dentro de los diez días hábiles siguientes, sin suspender su aplicación.
Además, pueden ser revisadas, modificadas o levantadas si cambian las condiciones que las originaron, y la autoridad competente podrá mantenerlas, ajustarlas o hacerlas definitivas, conforme a los principios de proporcionalidad, razonabilidad y debido proceso.
(v) Notificación y efectos de la medida preventiva
Las medidas preventivas deben notificarse a las partes conforme a la normativa vigente, y producen efectos inmediatos desde el momento de su notificación, sin suspender su aplicación.
Su finalidad es proteger derechos fundamentales como la vida, la integridad y condiciones laborales dignas y seguras.
El incumplimiento en la notificación o en su ejecución puede generar responsabilidades administrativas o disciplinarias.
(vi) Garantía de aplicación y consecuencias del incumplimiento
Las medidas preventivas deben cumplirse de forma inmediata, completa y sin demoras una vez notificadas.
Su incumplimiento constituye desobediencia a una orden de autoridad competente y puede generar multas sucesivas, suspensión de actividades y otras medidas para proteger a los trabajadores.
Además, se considera una vulneración al principio de eficacia administrativa y puede acarrear sanciones adicionales si se producen daños por no acatar la medida.
(vii) Seguimiento
La autoridad de inspección debe realizar seguimiento al cumplimiento de las medidas preventivas dentro del plazo establecido, pudiendo solicitar información, efectuar visitas de verificación y adoptar medidas adicionales para asegurar la protección efectiva de los derechos de los trabajadores.
3. Circular 0089 de 2026 del Ministerio del Trabajo
La cual establece los lineamientos unificados para las acciones de Inspección, Vigilancia y Control (IVC) enfocadas exclusivamente en el trabajo doméstico remunerado en Colombia.
Puntos Clave:
(i) Objetivo
Busca unificar la inspección del trabajo doméstico en Colombia para garantizar su formalización y el acceso a derechos laborales. Establece la verificación de contrato escrito, pago del salario mínimo, afiliación a seguridad social (salud, pensión, ARL y caja de compensación), cumplimiento de la jornada laboral y protección frente a violencia, acoso y discriminación, asegurando igualdad de condiciones con otros sectores.
(ii) Orientaciones para la Inspección Vigilancia y Control.
Las orientaciones buscan guiar a los inspectores en la verificación del cumplimiento de las obligaciones laborales y de seguridad social en el trabajo doméstico, garantizando condiciones dignas, igualdad y respeto de los derechos de los trabajadores.
(iii) Metodología para realizar la inspección
La inspección en el trabajo doméstico debe aplicar una metodología que garantice el cumplimiento de fines preventivos, correctivos y sancionatorios, respetando los derechos tanto del empleador como del trabajador, especialmente la intimidad del hogar. La actuación se rige por la circular y se apoya en guías y protocolos técnicos del Ministerio del Trabajo, que orientan la inspección en temas de seguridad y salud, cumplimiento de derechos laborales, afiliación a seguridad social y prevención de la violencia y el acoso.
(iv) Requisitos para realizar la inspección en el hogar
(v) Composición del equipo
Las inspecciones en el hogar deben realizarse por equipos de al menos dos funcionarios, garantizando la seguridad, objetividad y transparencia del proceso.
Conclusión General
La Circular 0089 de 2026 consolida un enfoque de inspección laboral especializado, preventivo y unificado para el trabajo doméstico en Colombia, orientado a reducir la informalidad y garantizar que este sector acceda a condiciones laborales dignas.
Refuerza la verificación del cumplimiento de derechos como el contrato, la seguridad social, la jornada laboral y la protección frente a la violencia y la discriminación, mediante metodologías claras, criterios técnicos y herramientas de apoyo. En conjunto, fortalece el rol del Estado en la protección efectiva de los trabajadores domésticos, promoviendo igualdad frente a otros sectores productivos.
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