Como parte de las actualizaciones anuales, a partir del 1° de enero 2025 entra en vigor el cambio en los salarios mínimos de los empleados, por lo cual debe reflejarse en el primer pago del mes de enero, ya sea semanal, quincenal o mensual.
El decreto N°44756-MTSS fue publicado en la gaceta N°232, el pasado 10 de diciembre del 2024.
El incremento establece un aumento del 2,37% general y obligatorio para los salarios mínimos del sector privado para este año 2025. Es decir, ¢2.300 más por cada ¢100.000.
El Consejo Nacional de Salarios determinó los siguientes ajustes adicionales:
Link: https://www.mtss.go.cr/temas-laborales/salarios/Documentos-Salarios/lista_salarios_2025.pdf
Declaración Anual Resumen de Retenciones Impuestos Únicos y Definitivos Modelo D-152
¿Qué es la D-152?
Es una declaración informativa anual que deben presentar las personas físicas o jurídicas, tanto públicas como privadas, en Costa Rica. Esta declaración se utiliza para reportar un resumen de las rentas afectas al impuesto sobre la renta que se pagaron o acreditaron a personas domiciliadas y no domiciliadas.
¿Quién debe presentar la D-152?
Las entidades obligadas a presentar esta declaración incluyen el Estado, entidades del Sistema Bancario Nacional, instituciones autónomas y semiautónomas, municipalidades, entre otras.
¿Qué información se debe declarar en la D-152?
Dichas personas y entidades deberán suministrar información sobre las retenciones y deducciones, con el siguiente detalle:
1. Identificación del informado: Número de identificación física o jurídica, en caso de que sea extranjero el (DIMEX) asignado por la Dirección General de Migración y Extranjería, o en su defecto el número de identificación que le fue asignado por la Administración Tributaria, hasta tanto cuente con el documento migratorio.
2. Monto base de retención: Corresponde al monto que se pague o acredite por concepto de ingresos afectos al impuesto sobre la renta.
3. Importe total retenido: Monto retenido según el porcentaje de retención, aplicado a cada obligado tributario en el período.
4. Deducciones por:
¿Cuál es el periodo y plazo para suministrar la información de la declaración la D-152?
La declaración D-152 debe presentarse a más tardar el 28 de febrero de cada año. Esta fecha límite aplica para el período fiscal ordinario, que abarca del 1 de enero al 31 de diciembre del año anterior.
Link: https://www.hacienda.go.cr/docs/D152.pdf
El contenido del presente boletín es meramente informativo, razón por la cual no podrá utilizarse bajo ninguna circunstancia como una asesoría en la materia descrita en el mismo. En caso de necesitar asesoría en alguno de los aspectos tratados, nuestro equipo de profesionales estará dispuesto a atenderlo. contacto@jadelrio.com