Actualización Tributaria: la Resolución DDI-015997 de 2025, estableció nuevos plazos y creó un canal exclusivo para la entrega información exógena requerida por la Dirección de Impuestos de Bogotá
Puntos Clave de la resolución:
Modificación Parcial:
La resolución modificó los artículos 20 y 21 de la Resolución DDI-010349 de 2025, estableciendo nuevos plazos y actualizando la plataforma para el envío de información exógena. De acuerdo con los nuevos plazos, los contribuyentes deberán presentar la información correspondiente al año 2024 de acuerdo con el último dígito de su NIT, entre el 27 de octubre y el 10 de noviembre de 2025.
La información deberá ser entregada únicamente a través de la Plataforma de Información Digital Online (PIDO) de la Secretaría Distrital de Hacienda, cumpliendo con las especificaciones técnicas y el diseño de registro establecidos.
Plataforma de Información Digital Online (PIDO)
El documento describe la Plataforma de Información Digital Online (PIDO) como una herramienta web dispuesta por la Secretaría Distrital de Hacienda para la entrega de información exógena. Es el único medio autorizado para que los contribuyentes presenten la información requerida, cumpliendo con los plazos establecidos y las especificaciones técnicas definidas en la resolución.
Ajustes a la Resolución SHD DDI-015997
Es importante mencionar, que si bien la Resolución DDI-015997, hizo referencia a la Resolución DDI-012726, tal resolución aplica para el año gravable 2023, y el objeto de la Resolución era modificar los vencimientos del año gravable 2024, contenidos en la Resolución DDI-010349 del 13 de junio de 2025.
Por lo anterior, la SHD emitió la Resolución DDI-018763 de 2025, en donde aclaró que la Resolución DDI-015997 modificó los vencimientos correspondientes al año gravable 2024.
Impacto para empresas y contribuyentes:
• Los contribuyentes obligados a reportar información exógena en Bogotá deben revisar si su RIT se encuentra actualizado, toda vez que el usuario y la contraseña de acceso a la plataforma PIDO, serán enviados al correo allí registrado.
• La transmisión de la información exógena debe realizarse únicamente a través de la plataforma PIDO.
Referencia Legal:
Resolución SHD DDI-015997 de 2025
Resolución SHD DDI-012726 de 2025
Resolución SHD DDI-010349 de 2025
El contenido del presente boletín es meramente informativo, razón por la cual no podrá utilizarse bajo ninguna circunstancia como una asesoría en la materia descrita en el mismo. En caso de necesitar asesoría en alguno de los aspectos tratados, nuestro equipo de profesionales estará dispuesto a atenderlo. contacto@jadelrio.com