Las empresas en Colombia que realizan actividades con vinculados y/o estén obligados a la aplicación de las normas que regulen el régimen de precios de transferencia, deben contar con la documentación que demuestre que las operaciones se pactaron de conformidad con el principio de plena competencia de acuerdo con lo establecido por el Estatuto Tributario (ET) y el Decreto Único 1625 de 2016, modificado por el Decreto 2120 de 2017.
Así pues, si su patrimonio bruto al 31 de diciembre de 2023 es igual o superior a Col$4.241.200.000 (100.000 UVT) o si a dicha fecha, obtuvo ingresos brutos iguales o superiores a Col$2.587.132.000 (61.000 UVT) usted estará obligado a preparar una declaración informativa de las operaciones realizadas, así como un informe en el cual se determine el cumplimiento del principio de Plena Competencia.
Sólo estarán obligados a preparar declaración informativa si: a. Sus operaciones con vinculados del exterior y/o de zona franca no superaron Col$1.908.540.000 (45.000 UVT) o, b.Sus operaciones realizadas con empresas o personas localizadas en países no cooperantes o de baja o nula imposición no superan Col$424.120.000 (10.000 UVT)
Contrario sensu, si las operaciones realizadas en el año gravable superan los montos antes referidos, se estará en la obligación de preparar la declaración informativa, junto con el informe local y maestro de precios de transferencia.
Las fechas para la presentación de dichos informes y de la declaración informativa son las siguientes:
Es importante destacar que la DIAN unificó la fecha de presentación del informe local y el informe maestro, siendo que este último se presentaba en el mes de diciembre.
El contenido del presente boletín es meramente informativo, razón por la cual no podrá utilizarse bajo ninguna circunstancia como una asesoría en la materia descrita en el mismo. En caso de necesitar asesoría en alguno de los aspectos tratados, nuestro equipo de profesionales estará dispuesto a atenderlo. contacto@jadelrio.com